Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: EVALUACION DE APTITUDES PARA EL TRABAJO VALPAR
Clave: DIF/CAD/CREE/ 14
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos
Las Quintas Núm. 15, Col. Cantarranas C.P. 62448, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3-14-10-10
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Sistema para el Desarrollo de la Familia del Estado de Morelos Coordinación de Atención a la Discapacidad Avenida de la Salud S/N, Col. Palo Escrito, CP 62765, Municipio Emiliano Zapata, Teléfono (777) 1 77 71 77 y (777) 1 77 70 72  

Centro de Rehabilitación y Educación Especial, Morelos
Avenida de la Salud S/N, Col. Palo Escrito, CP 62765, Municipio Emiliano Zapata, Teléfono (777) 1 77 71 77 y (777) 1 77 70 72
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Solo en el CREE Morelos
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Personas con alguna Discapacidad que requiere una evaluación para la inclusión laboral a través de muestras para el trabajo VALPAR
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. CREE Morelos

Horario de Atención a la ciudadanía 8:00 am a 15:30 pm de lunes a viernes.
¿Plazo máximo de resolución? En el momento
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Indefinida.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 INE 1 1
2 CURP 1 1
3 Comprobante de Domicilio 1 1
4 Diagnostico Medico 1 1
5 Diagnostico psicológico y/o Psiquiatrico 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo
* No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Los documentos originales solo son para cotejo de dichos documentos.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Ley Nacional de Atención a Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2005 Fundamento en el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Rehabilitación Agosto 2012 Manual de Políticas y Procedimientos DIF Morelos Reglas de operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad del SNDIF. Manual de Procedimientos de Atención a Usuarios del SNDIF. Manual de asignación y Control de Cuotas de Recuperación de los Centros de Rehabilitación Dependientes de la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF. Ley de Asistencia Social y Corresponsabilidad Ciudadana para el Estado de Morelos. Estatuto Orgánico del Sistema DIF Morelos publicado el 31 de mayo del 2017, en el periódico Oficial Tierra y Libertas, número 5500
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisario del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos, Boulevard Adolfo López Mateos esquina con Dr. Guillermo Gándara, Núm. 100, Col. El Vergel, Cuernavaca, Morelos, C. P. 62400 (777) 315-60-09 Ext. 415. contraloria@morelos.gob.mx Comisario del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos, Boulevard Adolfo López Mateos esquina con Dr. Guillermo Gándara, Núm. 100, Col. El Vergel, Cuernavaca, Morelos, C. P. 62400 (777) 315-60-09 Ext. 415. contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.